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    | CONECTIVIDAD, COMPATIBILIDAD, CONVERGENCIA, 
      PREVISIBILIDAD Condiciones para la integración y la articulación productiva 
      en un espacio regional
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    | por Félix PeñaAgosto 2015
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    |    | Se ha señalado que al menos tres condiciones 
        son necesarias para poder avanzar en la integración económica 
        entre países que comparten un espacio geográfico regional. 
        Son también condiciones para avanzar en la articulación 
        productiva entre empresas pertenecientes a distintos países de 
        un mismo espacio regional. Ellas son la conectividad, la compatibilidad 
        y la convergencia. Suponen pasos secuenciales que comienzan por la conectividad 
        física, incluyendo las comunicaciones y todo lo relacionado con 
        la facilitación del comercio; siguen por la compatibilidad de objetivos, 
        percepciones y valores y, eventualmente, concluyen con la convergencia 
        de sistemas, de políticas y de acciones concretas.
       En esta perspectiva, pueden entenderse los esfuerzos 
        que desarrollan países de la región o de subregiones dentro 
        de ella, tendientes a generar mecanismos institucionales y reglas de juego 
        comunes para sus relaciones económicas, no sólo como formas 
        de acrecentar interacciones y por lo tanto la interdependencia, pero también 
        de regular conflictos, de potenciar los elementos de cooperación, 
        en fin de tornar administrable tal interdependencia, marcándola 
        con signos cooperativos y de solidaridad. Es decir, comportamientos funcionales 
        a la gobernabilidad de un espacio regional compartido.
       Pero hay una cuarta condición y que es la de 
        la previsibilidad de las reglas de juego. Ella es fundamental en la perspectiva 
        de la sustentabilidad en el tiempo de los acuerdos de integración, 
        así como en las expectativas que se pueden generar en el plano 
        empresario a la hora de tener que tomar decisiones de inversión 
        productiva.
       Es en relación a esta cuarta condición, 
        que cobra toda su relevancia la función del derecho y de los mecanismos 
        institucionales en el desarrollo de un sistema de interdependencia regional 
        en América Latina. Ella es la de contribuir a fortalecer fuerzas 
        centrípetas, en un espacio común que eventualmente podría 
        estar signado, dada su propia dinámica, por la presencia de poderosas 
        fuerzas centrífugas. Normas e instituciones comunes adquieren entonces 
        un sentido histórico y geopolítico, en la perspectiva de 
        una estrategia destinada a revertir naturales tendencias al conflicto, 
        en las relaciones entre naciones que comparten una misma región 
        geográfica.
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    |  Los países latinoamericanos han disminuido gradualmente la marginalidad 
        relativa que caracterizó por mucho tiempo sus relaciones recíprocas. 
        Asimismo, el cuadro internacional, con la profunda redistribución 
        de poder relativo entre las naciones y la nueva geografía de la 
        competencia económica global, contribuye a la revalorización 
        del entorno contiguo en las estrategias de desarrollo e inserción 
        internacional de los países de la región. De allí 
        que les sea cada vez más difícil mirar con indiferencia 
        lo que ocurre en su espacio regional. Tanto en el plano conceptual como en el práctico de las acciones 
        concretas, en los últimos años los países latinoamericanos 
        han ido reconociendo la existencia de múltiples medios adaptados 
        a la finalidad de intensificar sus relaciones recíprocas, y de 
        potenciar los factores de cooperación e integración con 
        sus vecinos. Estos medios incluyen los que responden a las características 
        típicas de un proceso formal de integración económica, 
        así como otros bilaterales o multilaterales; regionales o parciales 
        (sectoriales o subregionales); gubernamentales o sociales; de cooperación 
        frente a terceros o intrarregionales. E incluyen, por cierto, múltiples 
        modalidades de emprendimientos conjuntos y de asociación entre 
        empresas de dos o más países de la región (tema abordado 
        en el Newsletter de junio pasado, del cual el presente es una continuación: 
        "Encadenamientos productivos transnacionales: Algunas condiciones 
        que pueden contribuir a su desarrollo y sustentabilidad", en 
        http://www.felixpena.com.ar/). 
       Es desde el comienzo mismo de la experiencia iniciada en la región 
        a finales de los cincuenta del siglo pasado, con la firma de los primeros 
        Tratados por los que se fijaron formalmente objetivos de integración, 
        que se fue percibiendo la importancia económica y política 
        de desarrollar emprendimientos y proyectos conjuntos que abarcaran a dos 
        o más países, por lo general contiguos. Tal idea fue vinculada 
        a la puesta en común de espacios y de recursos, sea para la construcción 
        de una obra física o para el desarrollo de actividades productivas, 
        que por su naturaleza y alcances requerían ser encaradas en más 
        de un país. Un puente, un ferrocarril, una presa, un camino, una 
        interconexión eléctrica, redes de comunicaciones, la explotación 
        conjunta de recursos naturales, el desarrollo compartido de zonas marítimas 
        contiguas o comunes, un emprendimiento industrial o la prestación 
        de servicios, han sido casos típicos. Un ejemplo muy reciente, 
        con una proyección que trasciende por cierto a la región, 
        es el de la empresa aérea conjunta que han creado LAN de Chile 
        y TAM del Brasil. Los distintos tipos de emprendimientos conjuntos son una de las modalidades 
        más efectivas para generar "solidaridades de hecho" - 
        en el sentido planteado por Jean Monnet, uno de los padres fundadores 
        de la integración europea e inspirador, tanto de su dimensión 
        existencial como metodológica - entre naciones que comparten un 
        mismo espacio regional. De ellos resultan efectos de encadenamientos que 
        pueden contribuir a tornar irreversibles los vínculos económicos 
        y políticos que se generen. De allí su valor para sostener 
        en el tiempo los esfuerzos orientados a facilitar la gobernanza de una 
        región, entendida en el sentido de la prevalencia de la paz y la 
        estabilidad política en las relaciones entre los países 
        que comparten un espacio geográfico común. Tanto en la construcción de la ALALC (1960) primero y luego de 
        la ALADI (1980), como en las experiencias subregionales tales como las 
        del original Grupo Andino (1969), del Programa de Integración y 
        Cooperación entre Argentina y el Brasil - el PICE - (1986), y luego 
        del Mercosur (1991), la idea de avanzar a través de la integración 
        sectorial y de emprendimientos conjuntos, estuvo presente. También 
        lo han estado en Centroamérica y en el Caribe. En el caso del Grupo 
        Andino se reflejó en la Decisión 46 sobre empresas multinacionales 
        andinas y, en particular, en los programas sectoriales de integración 
        industrial. En el caso del PICE y luego del Mercosur, se reflejó 
        en los acuerdos de complementación económica, por ejemplo 
        y entre otros, en el sector automotriz y, además, en la Decisión 
        CMC 3/1990 que reglamentó el muy poco utilizado instrumento de 
        los acuerdos sectoriales, previsto en el artículo 5° d, del 
        Tratado de Asunción. En el desarrollo original de la ALALC, el instrumento de los acuerdos 
        de complementación industrial, previsto en los artículos 
        16 y 17 del Tratado de Montevideo de 1960, respondía precisamente 
        a la idea de avanzar por aproximaciones sectoriales en la construcción 
        de un espacio de integración latinoamericana. Tenían, por 
        cierto, una finalidad comercial. Pero su sentido más profundo era 
        el de promover encadenamientos productivos, con medidas preferenciales 
        en el plano del comercio orientadas a incentivar las inversiones. Incluso 
        tal figura es la que quizás mejor reflejaba la concepción 
        original que impulsó a la negociación de lo que sería 
        la ALALC. Fue la presión externa la que obligó a insertar 
        ese primer acuerdo regional en el marco de la figura de zona de libre 
        comercio prevista en el artículo XXIV del GATT, alterando las ideas 
        originales que tenían, en particular, la Argentina y Brasil. Ello 
        está en la base del posterior fracaso de la ALALC y de su transformación 
        en la ALADI. Ya en el Tratado de Montevideo de 1980 que creó la ALADI, ocupa 
        un lugar central la figura de los acuerdos de alcance parcial, definidos 
        y regulados en sus distintas variantes por la Sección Tercera del 
        Capítulo II del Tratado y, en lo que se refiere a los acuerdos 
        de complementación económica, por el artículo 11. 
        Fueron reglamentados en la Resolución n° 2 del Consejo de Ministro 
        de la ALALC, del 12 de agosto de 1980 (ver su texto en http://www.aladi.org/). 
        No requieren la participación de todos los países miembros. 
        Y a fin de compatibilizar el enfoque del nuevo Tratado con las normas 
        del GATT y, en especial con su artículo XXIV, los países 
        de la región miembros del GATT tuvieron un papel protagónico 
        en impulsar la aprobación en la Rueda Tokio (1979) de la denominada 
        "Cláusula de Habilitación". Al no existir tal 
        Cláusula al crearse la ALALC, no había sido posible compatibilizar 
        el alcance sectorial de los acuerdos de complementación industrial 
        con el mencionado artículo XXIV del GATT (sobre el alcance original 
        de la ALALC y en particular de los acuerdos de complementación, 
        conviene leer las respuestas que los países miembros dieron al 
        cuestionario que en su momento formulara el GATT a los que eran Partes 
        Contratantes y, a la vez, miembros de la ALALC. Ver las preguntas en: 
        https://www.wto.org/, 
        y ver las respuestas en https://www.wto.org/. 
        Ver, además, el excelente análisis que efectúa Bernardo 
        Sepúlveda Amor, en su artículo sobre "El Régimen 
        de la Nación más Favorecida en el GATT y la ALALC", 
        en http://codex.colmex.mx, 
        especialmente páginas 351 y ss.).  En los planteamientos actuales de "convergencia en la diversidad", 
        especialmente entre los países del Mercosur y de la Alianza del 
        Pacífico, lo antes señalado puede tener mucha importancia 
        práctica. Su objetivo sería precisamente facilitar emprendimientos 
        conjuntos y la articulación productiva entre empresas de países 
        de la región y el mejor aprovechamiento de la creciente demanda 
        de bienes y de servicios diferenciados, originada en consumidores urbanos 
        de ingreso económico de clase media, sea en la propia región 
        o en países emergentes de otras regiones, especialmente en Asia, 
        África y Medio Oriente. Pueden ser articulaciones productivas que 
        se desarrollen en torno a proyectos concretos, incluso por algunos países 
        que participen en distintos esquemas subregionales de integración, 
        como pueden ser eventualmente los casos de acuerdos entre algunos países 
        que son miembros del Mercosur y otros que participan de la Alianza del 
        Pacífico (ver nuestro documento titulado "América 
        Latina, entre la convergencia o la fragmentación", en 
        http://www.felixpena.com.ar/). Otros elementos importantes en función de una estrategia de articulación 
        productiva a nivel sectorial, son los que se refieren a los regímenes 
        de origen, normas técnicas y otros marcos regulatorios. También 
        ellos pueden ser abordados con un alcance regional dentro del marco institucional 
        y normativo de la ALADI. Se ha señalado que al menos tres condiciones son necesarias para 
        poder avanzar en la integración económica entre países 
        que comparten un espacio geográfico regional (fueron planteadas, 
        en su momento, por el economista francés Robert Erbes en un artículo 
        incluido en la sección Lectura Recomendadas de este Newsletter). 
        También pueden ser condiciones para avanzar en la articulación 
        productiva entre empresas pertenecientes a distintos países de 
        un mismo espacio regional.  Tales condiciones son la conectividad, la compatibilidad y la convergencia. 
        Suponen pasos secuenciales que comienzan por la conectividad física 
        incluyendo las comunicaciones y todo lo relacionado con la facilitación 
        del comercio; siguen por la compatibilidad de objetivos, percepciones 
        y valores y, eventualmente, concluyen con la convergencia de sistemas, 
        de políticas y de acciones. En esta perspectiva pueden entenderse los esfuerzos que desarrollan países 
        de la región o de subregiones dentro de ella, por generar mecanismos 
        institucionales y reglas de juego comunes para sus relaciones económicas, 
        no sólo como formas de acrecentar interacciones y por lo tanto 
        la interdependencia, pero también como formas de regular conflictos, 
        de potenciar los elementos de cooperación, en fin de tornar administrable 
        tal interdependencia, marcándola con signos cooperativos y de solidaridad. 
        Es decir, comportamientos funcionales a la gobernabilidad de un espacio 
        regional compartido. Pero hay una cuarta condición a tener en cuenta. Es la de la previsibilidad 
        de las reglas de juego. Ella es fundamental en la perspectiva de la sustentabilidad 
        en el tiempo de los acuerdos de integración, así como en 
        las expectativas que se pueden generar en el plano empresario a la hora 
        de tener que tomar decisiones de inversión productiva.
 Es en relación a esta cuarta condición, que cobra toda 
        su relevancia la función del derecho y de los mecanismos institucionales 
        en el desarrollo de un sistema de interdependencia regional en América 
        Latina. Ella es la de contribuir a fortalecer fuerzas centrípetas, 
        en un espacio común que eventualmente podría estar signado, 
        dada su propia dinámica, por la presencia de poderosas fuerzas 
        centrífugas. Normas e instituciones comunes cobran entonces un 
        sentido histórico y geopolítico, en la perspectiva de una 
        estrategia destinada a revertir naturales tendencias al conflicto en las 
        relaciones entre naciones que comparten una misma región geográfica. Precisamente, los resultados de los esfuerzos tendientes a acrecentar 
        la participación empresaria en las relaciones de cooperación 
        e integración económica de América Latina, han sido 
        limitados en su eficacia por el efecto de algunos factores. Entre otros 
        cabe mencionar el hecho que los empresarios no siempre han podido desarrollar 
        expectativas de estabilidad, especialmente con respecto a las condiciones 
        jurídicas y económicas que han caracterizado las aperturas 
        de mercado, que fueran negociadas en el marco de los acuerdos multilaterales 
        y bilaterales de integración y cooperación económica. 
        Ello se ha debido a que muchas veces estos acuerdos han sido concebidos 
        por los gobiernos como instrumentos promotores de un comercio de corto 
        plazo, respondiendo más a la idea de préstamo coyuntural 
        de mercados o a la de comercio de excedentes y faltantes, que a la de 
        creación de condiciones reales - y no sólo retóricas 
        - de largo plazo para inducir inversiones, así como para la expansión 
        y la modernización de actividades productivas.  Los principales factores de inestabilidad en las aperturas de mercado, 
        conducentes a una situación de imprevisibilidad que suele afectar 
        el comportamiento empresario en el comercio intrarregional, han sido: 
        la precariedad jurídica de las preferencias otorgadas, ya que ellas 
        suelen ser fácilmente alteradas por medidas o comportamientos unilaterales 
        del país otorgante, y las fluctuaciones bruscas y erráticas 
        de las paridades cambiarías. El ambiente de inestabilidad puede 
        tener como efecto, el desestimular a los empresarios impidiendo, muchas 
        veces, la adopción de decisiones de negocios que justificaran el 
        costo de emprender acuerdos comerciales o de inversión, con efectos 
        de largo plazo, entre empresas de distintos países de la región. 
        Como se ha afirmado con razón, esta precariedad puede ser, de hecho, 
        el equivalente a una restricción no arancelaria significativa en 
        el comercio regional.
 Los negocios concretos son viables, imaginados en función de mercados 
        ampliados, como resultado de los marcos que son establecidos por los gobiernos 
        y que son desarrollados por el nivel administrativo y el de gestión 
        diaria. Los empresarios tomarán en serio en sus cálculos 
        tales marcos, sólo en la medida que los perciban como relativamente 
        estables y efectivos. ¿Correría Ud., señor Presidente 
        o señor Ministro, riesgos en base a su capital y a sus ahorros, 
        invirtiendo en una nueva planta industrial, ampliando la capacidad de 
        producción de la existente, incorporando nuevas tecnologías 
        productivas o de organización, en función del mercado aparentemente 
        abierto por un acuerdo preferencial o de integración, que ha firmado 
        con su colega o colegas de países de América Latina? Tal 
        es una pregunta clave que debe responder el operador político cuando 
        concreta en acuerdos, su visión arquitectónica de la integración. 
        Si la respuesta fuere, eventualmente, negativa o dubitativa, ¿por 
        qué debería esperarse una respuesta positiva de un inversor 
        local o extranjero que actúe racionalmente?
 Para decidir una inversión o su inserción en una red productiva 
        transnacional, el empresario no sólo se fijará en la seriedad 
        del diseño del proceso de integración, y en su racionalidad 
        económica y política. Se interrogará también 
        sobre su aplicabilidad práctica cuando su producto llegue a la 
        frontera aduanera del otro país. Relacionará la prometida 
        apertura de mercado con los otros factores económicos, internos 
        y externos, del país de exportación y del de importación, 
        que puedan incidir en el cálculo de rentabilidad de la inversión 
        que deberá efectuar para aprovechar la oportunidad de negocio que 
        se le ofrece. Los temas de este Newsletter han sido previamente abordados por el autor 
        en anteriores oportunidades. Ver, entre otros, nuestro artículo 
        "Empresas 
        binacionales y multinacionales latinoamericanas: ideas en torno a algunos 
        de aspectos jurídicos", Revista Derecho de la Integración, 
        INTAL-BID, Julio 1973, en http://www.felixpena.com.ar; 
        el Informe "Proyectos Conjuntos y Empresas Conjuntas en la Integración 
        Económica de América Latina", Serie Estudios, Buenos 
        Aires 1974; nuestro artículo "Interdependencia regional, proyectos 
        conjuntos y derecho internacional", en Revista Derecho de la Integración, 
        INTAL-BID, Diciembre 1981, y nuestro artículo "Concertación 
        Latinoamericana: Arquitectura de Integración e Ingeniería 
        de Negocios", capítulo del libro PNUD/CEPAL/RIAL, "Nuevas 
        formas de concertación regional en América Latina", 
        Santiago de Chile 1988, en http://www.felixpena.com.ar/).
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    |  Lecturas recomendadas: 
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          deal", East Asia Forum, 26 July 2015, en 
          http://www.eastasiaforum.org/. 
Blom, Philipp, "Fracture. Life and Culture in the West, 1918-1938", 
          Atlantic Books, London 2015.
Bryan Starr, John, "Understanding China. A guide to China's Economy, 
          History, and Political Culture", Hill and Wang, New York 2010.
Cadot, Olivier; Yang Ing, Lili, "How restrictive are ASEAN's 
          Rules of Origin", East Asia Forum, 1 August 2015, en http://www.eastasiaforum.org/. 
          
Caputo, Dante, "Un péndulo austral. Argentina entre el 
          populismo y el establishment", Capital Intelectual, Buenos Aires 
          2015.
Cesar de Oliveira, Susan Elizabeth Martins, "Cadeias Globais 
          de Valor e os Novos Padroes de Comercio Internacional. Estrategias de 
          Insercao de Brasil e Canadá". Fundacäo Alexander Gusmäo, 
          Brasilia 2015, en http://funag.gov.br/. 
          
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          Disruption. The Four Global Forces Breaking All The Trends", PublicAffairs, 
          New York 2015.
Dongxiao, Chen, "China aims to set the regional cooperation agenda", 
          East Asia Forum, 28 July 2015, en http://www.eastasiaforum.org/. 
          
Erbes, Robert, "Notes sur les trois conditions de l'intégration 
          économique et plus particulièrement de l'intégration 
          internationale ", Revue économique, Vol.16, n°4, 1965, 
          pp. 592-614, en http://www.persee.fr/. 
          
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          Forgotten Jungle City", Metropolitan Books, Henry Holt and Company, 
          New York 2009.
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          BID-INTAL, Nota Técnica n° IDB-TN 809, Junio 2015, en http://publications.iadb.org/. |  
  
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    | Félix Peña es Director 
        del Instituto de Comercio Internacional de la Fundación ICBC; Director 
        de la Maestría en Relaciones Comerciales Internacionales de la 
        Universidad Nacional de Tres de Febrero (UNTREF); Miembro del Comité 
        Ejecutivo del Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales (CARI). 
        Miembro del Brains Trust del Evian Group. Ampliar 
        trayectoria. |  
 
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