|  Es notorio que al menos dos procesos de integración regional, 
        la Unión Europea y el Mercosur -que tienen algunos elementos comunes, 
        pero también notorias diferencias entre sí-, están 
        atravesando complicados momentos de crisis. Incluso algunos observadores 
        consideran que ellos presentan características de crisis terminales. 
        Otros, con más prudencia -entre los cuales nos incluimos-, las 
        visualizan como exteriorizando más problemas metodológicos 
        -sobre cómo trabajar juntas las naciones que se han asociado- que 
        existenciales -sobre porqué seguir trabajando juntas-.  Lo concreto es que la crisis del Brexit en la UE y ahora la del post-Brexit, 
        están poniendo de manifiesto diferencias significativas entre los 
        países miembros sobre cómo construir la integración 
        en el espacio geográfico regional europeo.  Por distintos motivos son diferencias que también se manifiestan 
        en el Mercosur. El reciente cuestionamiento al hecho que Venezuela asumiera 
        la Presidencia pro-tempore que formalmente le correspondería este 
        segundo semestre del año, implica una clara evidencia en el sentido 
        que entre los socios algo se ha deteriorado. A ello se suman los cuestionamientos 
        recurrentes al instrumento del arancel externo común, previsto 
        explícitamente por el Tratado de Asunción y que, en conjunto 
        con su artículo 2° (reciprocidad de derechos y obligaciones), 
        constituyen la garantía que los socios fundadores se dieron en 
        el sentido de no licuar las preferencias arancelarias que se otorgaron 
        recíprocamente. Tres reflexiones pueden contribuir a colocar ambas crisis en una perspectiva 
        más amplia.  La primera se relaciona con el hecho que, en los dos casos, se trata 
        de procesos de integración entre naciones soberanas que han decidido 
        por su propia voluntad participar de ellos, aceptando las reglas comunes 
        que fueron pactadas. Algunas naciones así lo hicieron desde el 
        momento fundacional. Otras incorporándose luego y por su propia 
        voluntad, tal los casos -entre otros- del Reino Unido en la UE y de Venezuela 
        en el Mercosur. Incluso la experiencia británica indica que no 
        necesariamente los demás países miembros tenían que 
        aceptar su incorporación (en un primer intento, en 1963, el Reino 
        Unido no pudo incorporarse por el veto del gobierno francés).  Y así como nadie puede obligar a una nación soberana a 
        ser parte de un proceso de integración institucionalizado en un 
        Tratado fundacional, tampoco nadie puede impedir que un país miembro 
        opte por retirarse, cuando las reglas así lo prevén. Por 
        su voluntad soberana Chile se retiró del Grupo Andino y, años 
        más tarde, Venezuela se retiró de la Comunidad Andina de 
        Naciones (CAN). Los acuerdos fundacionales prevén el derecho al 
        retiro y los procedimientos para concretarlos. Tal el caso, hoy de actualidad, 
        del artículo 50 del Tratado de Lisboa, que es el que regulará 
        la etapa post-Brexit del proceso -muy incierto aún- del retiro 
        del Reino Unido de la UE.  El carácter voluntario de la participación de una nación 
        en un proceso de integración y su consiguiente aceptación 
        de cumplir con las reglas comunes, no es un dato menor entonces a la hora 
        de apreciar el alcance de decisiones como la que han privilegiado los 
        ciudadanos del Reino Unido, en el referéndum del Brexit.  El retiro voluntario de un proceso de integración, es una opción 
        que también estaría al alcance de un país miembro 
        del Mercosur que no estuviere de acuerdo, por ejemplo, con las restricciones 
        que implica el instrumento del arancel externo común. Claro que, 
        en esta cuestión, otra opción sería obtener el consenso 
        necesario para modificar el Tratado de Asunción. Aunque se derogara 
        la Decisión CM 32/00, como en algunos casos se ha planteado, no 
        se resolvería una situación que se origina en disposiciones 
        del propio Tratado fundacional. La segunda reflexión se refiere al hecho que una vez adoptada 
        la decisión política de encarar un proceso de integración 
        regional, las naciones participantes tienen el derecho de ejercer el principio 
        de libertad de organización, esto es, de elegir las metodologías 
        más apropiadas para lograr los objetivos comunes perseguidos (ver 
        Angelo Piero Seregni, "Le Organizzazioni Internazionali", Dott.A.Giuffré 
        - Editore, Milano 1959). No hay un modelo único sobre cómo 
        construir un proceso de integración entre naciones soberanas que 
        sea voluntario y que esté sometido a reglas comunes. Por cierto, 
        que las metodologías que se empleen tendrán que estar relacionadas 
        con la densidad de los compromisos que quieren asumir las naciones participantes, 
        especialmente en el plano económico y con los plazos que fijen 
        para conseguir los objetivos perseguidos.  Pero también deberán tomar en cuenta los compromisos jurídicos 
        asumidos por los países participantes con otros países, 
        especialmente en el plano global multilateral. Al respecto los principales 
        compromisos son los que surgen del artículo XXIV del GATT. En materia 
        de comercio de bienes, en su párrafo 8, este artículo -que 
        hoy forma parte del marco legal de la OMC- tiene definiciones sobre los 
        dos instrumentos principales -zona de libre comercio y unión aduanera- 
        que permiten concertar preferencias comerciales que no sean extensivas 
        a otros países del sistema global multilateral por los efectos 
        de la cláusula de la nación más favorecida (artículo 
        1°, que es una piedra angular del sistema jurídico del GATT). 
       Pero como hemos señalado en otras oportunidades, son definiciones 
        que se prestan a interpretaciones relativamente flexibles y no necesariamente 
        ajustadas a visiones más teóricas y dogmáticas de 
        lo que debe ser una zona de libre comercio o una unión aduanera. 
        Son ejemplos de las "ambigüedades constructivas" que caracterizan 
        al GATT, de notorio estilo jurídico anglo-sajón. Por lo 
        demás, para los países en desarrollo -tal el caso de los 
        miembros del Mercosur- la Cláusula de Habilitación brinda 
        un marco incluso más flexible para el diseño de un acuerdo 
        de integración regional que incluya preferencias arancelarias. Y la tercera reflexión tiene que ver con lo que John Carlin caracteriza 
        como el "factor humano" en las relaciones internacionales (ver 
        John Carlin, "El Factor Humano", Seix Barral 2008 y ver además, 
        su columna semanal con la misma denominación en el diario "El 
        País" de Madrid, en http://elpais.com/). 
        Tiene que ver con el reflejo de la visión y capacidad de liderazgo 
        que aportan quienes inspiran o impulsan hechos relevantes en la vida política 
        y, en este caso, en las negociaciones que conducen al pacto fundacional 
        de un proceso de integración, y luego a encarar distintos momentos 
        de la evolución posterior, que muchas veces implica superar situaciones 
        críticas. Carácter voluntario de la integración regional entre naciones 
        soberanas, basada en el respecto a reglas comunes; no existencia de un 
        solo modelo de cómo encarar un proceso voluntario de integración, 
        pero sí de compromisos jurídicos multilaterales que pueden 
        incidir en la metodología que se emplee para el otorgamiento de 
        preferencias comerciales, e importancia de una visión y liderazgo 
        político, tanto en el momento fundacional como luego para encarar 
        situaciones críticas, son entonces tres factores que inciden en 
        la capacidad que tengan los países que intentan encarar un proceso 
        de integración regional y sostenerlo a través del tiempo. De estos factores, el tercero quizás sea el más relevante. 
        La visión y el liderazgo político son cualidades que estuvieron 
        presentes en los distintos momentos fundacionales de la integración 
        europea. Creo que también lo estuvieron en el lanzamiento hace 
        treinta años de los acuerdos de integración entre la Argentina 
        y el Brasil, y luego en el momento fundacional del Mercosur.  Visión y liderazgo político implican la capacidad de quienes 
        participan, desde distintas posiciones, en el diseño de acuerdos 
        y reglas que sean percibidos como potenciales generadores de cuadros de 
        ganancia mutua entre los países participantes y que puedan producir 
        una concertación de intereses y de voluntades para lograr su aprobación 
        Y que por ende tengan un significativo potencial de ser efectivos, es 
        decir de penetrar en la realidad. Pero también visión y 
        liderazgo político es lo que se requiere para la tarea de adaptar 
        un proyecto de integración y sus reglas, a cambios continuos en 
        las realidades. En el momento fundacional de la integración europea, Jean Monnet 
        aportó esa visión y ese liderazgo. No fue el único, 
        pero sí tuvo un papel central en la concertación de voluntades 
        que condujo al Tratado de Paris tras la Declaración Schumann del 
        9 de mayo de 1950. Releer hoy sus Memorias puede ser una tarea recomendable 
        para quienes se interrogan como continuar la construcción de un 
        espacio de integración europea (Jean Monnet, "Mémoires", 
        Fayard, Paris 1976 y, en español, "Memorias", Encuentro 
        - CEU, Madrid 2010). La integración regional es un proceso que se construye día 
        a día. Las hojas de ruta requieren una adaptación constante. 
        Ello implica un equilibrio dinámico entre la flexibilidad y la 
        previsibilidad que resulten de sus instituciones y reglas de juego. Dice 
        Monnet al concluir sus Memorias y casi al mismo tiempo concluir su larga 
        vida (murió a los 92 años): "hay que abrirse camino 
        día tras día; lo esencial es tener un objetivo lo suficientemente 
        claro como para no perderlo de vista" (página 591 de la versión 
        en español).  Una foto de la Kon-Tiki, la balsa que en 1947, conducida por un grupo 
        de cinco jóvenes, liderados por el noruego Thor Heyerdahl, navegó 
        más de cien días desde el Callao (Perú) hasta la 
        Polinesia, ocupaba un lugar destacado en el escritorio de Jean Monnet 
        en Luxemburgo cuando presidía la Alta Autoridad de la Comunidad 
        Europea del Carbón y del Acero. "Esos jóvenes -contaba 
        Monnet a sus visitantes y lo recuerda en la última página 
        de sus Memorias- han elegido su rumbo y luego han partido sabiendo que 
        no podrían dar media vuelta. Por grandes que fueran sus dificultades, 
        sólo tenían un recurso: seguir avanzando". Los impulsaba 
        una visión que era en realidad una obsesión. Demostrar que 
        era posible que siglos atrás, se hubiera ido en balsa desde Sudamérica 
        a la Polinesia. Fueron tozudos y lo lograron (ver el libro sobre la Kon-Tiki, 
        de Thor Heyerdahl, "La Expedición de la Kon-Tiki". Ediciones 
        Continente, Buenos Aires 2014, y también la película "Kon 
        TIKI" (2012), en https://gloria.tv/). 
       Frente a las dificultades que hoy atraviesan los procesos de integración 
        regional, tanto la UE como el Mercosur, el consejo implícito que 
        puede extraerse de Jean Monnet y de la experiencia de Kon-Tiki, es algo 
        así como: sean tozudos, sigan adelante, pero adapten su navegación 
        a los cambios en las corrientes, los vientos y las mareas. Dar marcha 
        atrás podría ser una resultante de no recordar la visión 
        que los impulsó a comenzar a navegar. Esto es, a comenzar la construcción 
        de un espacio de integración regional. Puede implicar, asimismo, retroceder a escenarios de cursos de colisión 
        y de fragmentación que en el pasado conocieron ambas regiones. 
        Por cierto, que fueron muchos más intensos y dramáticos 
        en el caso europeo, tal como lo ilustra un libro que hoy vale la pena 
        releer que es el de Hans Magnus Enzensberger, "Europa en ruinas. 
        Relatos de testigos oculares de los años 1944 a 1948", Capitan 
        Swing, 2013. Pero en el caso del Mercosur, podría significar volver 
        a escenarios como los que lograron revertir los acuerdos que enhebraron 
        Raúl Alfonsín y, primero Tancredo Neves y luego Jose Sarney. |